¿Por qué me llegó un correo del SAT sobre obligaciones fiscales?

Estabas revisando tu bandeja de entrada cuando, de pronto, apareció el inconfundible logotipo del Servicio de Administración Tributaria. “¿Por qué me llegó un correo del SAT sobre obligaciones fiscales?”, estarás pensando. Pues bien: no te agobies. Recibir un mensaje de esta institución no es necesariamente un mal augurio, aunque sí es una señal para verificar el estado de tu situación fiscal.  ¿Quieres saber cómo hacerlo de forma rápida y sencilla? ¡Sigue leyendo!

Correos falsos del SAT: identifícalos

Antes de preocuparte, verifica la autenticidad del correo que recibiste. En los últimos años, el SAT ha emitido numerosas alertas sobre comunicados fraudulentos que buscan extraer información confidencial, como datos personales, contraseñas y datos bancarios. Por lo general, estos mensajes advierten sobre supuestas irregularidades fiscales y solicitan que llenes un formulario para evitar acciones legales en tu contra. ¡Ten cuidado! Recuerda que la dirección oficial del Servicio de Administración Tributaria es @sat.gob.mx y que a través de ella se comparte únicamente información de carácter genérico. De cualquier modo, siempre puedes visitar el buscador de correos falsos para comprobar que no se trate de un mensaje apócrifo. ¡Mucho ojo!

Me llegó un correo del SAT sobre obligaciones fiscales: ¿qué procede? 

Si te llegó un correo del SAT sobre obligaciones fiscales, seguramente se trata de una invitación para que presentes tu declaración anual. Este comunicado está dirigido a todas las personas físicas registradas en la base de datos del SAT, es decir, se envía automáticamente. Su propósito es exhortar a los contribuyentes adscritos al régimen de sueldos y salarios a cumplir con sus obligaciones tributarias. Pero, un momento: ¿acaso no es mi patrón quien debe retener y pagar el ISR por mí? Así es, pero hay excepciones. Vayamos por partes. 

El correo del SAT se envía con base en la información del Programa de Cumplimiento de Obligaciones y el Programa de Vigilancia Profunda. Estos sistemas de monitoreo fiscal inspeccionan la consistencia y regularidad de tus declaraciones, por lo que, si recibiste la invitación, es posible que haya una anomalía en tu situación fiscal. Para comprobarlo, solicita una aclaración ante el SAT que resuelva cualquier error o discrepancia. Después, tramita una Opinión de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales, con la que podrás verificar si tu situación se ha normalizado. 

Por otro lado, si el correo que recibiste está asociado con supuestos salarios no declarados, debes constatar que la empresa para la que trabajas haya hecho correctamente la declaración de tu nómina. Esto lo puedes hacer a través del visor de comprobantes de nómina para el trabajador, el cual te permite revisar que todos tus recibos de nómina estén debidamente timbrados. Igualmente, el visor te ayuda a conocer las cantidades que tu patrón está declarando como ingresos y retenciones, y si éstas coinciden con tus recibos. 

Cómo saber si debo declarar al SAT

El correo del SAT sobre obligaciones fiscales siempre despierta dudas: ¿me toca declarar o no? Bueno, primero que nada, recuerda que, como persona física asalariada, tus responsabilidades tributarias son mínimas. A diferencia de otros esquemas, como el de Actividades empresariales o el Régimen Simplificado de Confianza, el régimen de Sueldos y salarios sólo exige la declaración anual, misma que debes realizar en caso de:

  1. Ganar más de 400 mil pesos anuales. 
  2. Haber tenido más de dos patrones durante el ejercicio fiscal. 
  3. Dejar de trabajar antes del 31 de diciembre del año en curso.
  4. Percibir ingresos acumulables adicionales a tu salario (honorarios, arrendamientos, etc.)
  5. Prestar servicios a personas que no efectúan retención del ISR, como embajadas u organismos internacionales.
  6. Percibir ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o indemnizaciones laborales. 
  7. Solicitar a tu empresa que no presente tu declaración. 

Si estás fuera de estas circunstancias, entonces tu patrón es quien debe retener y pagar por ti el proporcional de ISR que te corresponde; de lo contrario, es tiempo de cumplir con tus obligaciones fiscales. ¡No esperes a que te llegue un mensaje al buzón tributario! Si eso llega a ocurrir, no podrás ignorar más tus responsabilidades, ya que, al cuarto día de haberlo recibido, la ley considera que fuiste debidamente notificado aunque no lo hayas abierto. Por lo tanto, hacer caso omiso puede hacerte acreedor de una multa e incluso procedimientos legales por infringir el artículo 82 del Código Fiscal de la Federación. ¡Tómalo en cuenta!

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