¿Qué son las visitas domiciliarias?

¿Sabes qué son las visitas domiciliarias? Básicamente, representan uno de los mecanismos con los que cuenta el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para verificar tu cumplimiento tributario, es decir, un tipo de auditoría fiscal.

¿Sabes qué son las visitas domiciliarias? Básicamente, representan uno de los mecanismos con los que cuenta el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para verificar tu cumplimiento tributario, es decir, un tipo de auditoría fiscal. Sin embargo, en comparación con otros procedimientos, la visita domiciliaria se caracteriza por una metodología más intrusiva cuyos pormenores debes conocer para reducir riesgos y evitar sanciones. ¡No dejes de leer! 

Fundamentada en el artículo 42 del Código Fiscal Federal (CFF), la visita domiciliaria consiste en recibir en tu dirección fiscal a funcionarios del SAT, quienes examinarán tu contabilidad a fin de comprobar que has cumplido con tus obligaciones tributarias. Pero vayamos por partes: ¿por qué te están auditando

Sin importar si eres persona física o moral, las autoridades fiscales están facultadas para verificar la solidez de tu contabilidad ante cualquier error en tus declaraciones. No obstante, como medida preventiva, el SAT también audita de forma aleatoria basándose en criterios estadísticos predictivos, por lo que tu empresa puede ser sometida a escrutinio aun si tu determinación de impuestos es congruente. Ahora bien, ¿qué pasa una vez que recibes la notificación de auditoría? 

De acuerdo con el CFF, los verificadores designados acuden a tu domicilio fiscal debidamente identificados y presentando una orden de visita. Este documento debe contener obligatoriamente: 

  • Nombre de tu empresa 
  • Dirección con la cual se registró ante el SAT 
  • Períodos fiscales y conceptos por revisar 
  • Fundamentos legales 
  • Nombre de los visitadores autorizados firmado por la autoridad competente 

Una vez presentado este oficio, el proceso de auditoría comienza. Durante la visita, se revisa toda la documentación relacionada con tus operaciones, por ejemplo:

  • Registro contable 
  • Registros electrónicos 
  • Comprobantes fiscales (CFDIs) 
  • Informes 
  • Declaraciones presentadas 
  • Estados de cuenta bancarios 
  • Existencia de bienes, mercancías o activos 
  • Inventarios 
  • Contratos con clientes y proveedores 

Recuerda: según el artículo 46, fracción A, del CFF, este proceso no puede extenderse por más de 12 meses. Sin embargo, toma en cuenta que, pasado este periodo, las autoridades pueden ordenar nuevas visitas, o bien, emprender otro tipo de auditorías para concluir con la verificación de tus obligaciones fiscales.  

¿Va a recibir una visita domiciliaria del SAT? ¡No entres en pánico! Lo más importante es actuar con conocimiento y estrategia; una buena preparación puede ser la diferencia entre pasar una auditoría sin observaciones o salir de ella con un crédito fiscal por pagar. En primer lugar, es fundamental que mantengas una relación cordial con los auditories. Una vez establecido esto, asegúrate de: 

  1. Tener toda tu documentación contable y operativa actualizada y ordenada.  
  2. Solicitar a los visitadores su identificación y revisa la orden de visita; verifica que ésta venga firmada y que contenga todos los elementos anteriormente mencionados.   
  3. Capacitar a tu personal para colaborar con los visitadores y custodiar tu información sin incurrir en actos que puedan interpretarse como obstaculización al proceso.  
  4. Designar a dos testigos de confianza que confirmen los hechos plasmados en el informe de la visita.  
  5. Contactar a tu representante legal o a tu abogado fiscal de confianza para verificar la legalidad del proceso.  

Toma en cuenta que, si no te llegaras a encontrar en el domicilio fiscal de tu empresa durante el primer intento de contacto, el SAT te notificará sobre su próxima visita. Si en el segundo intento sigues ausente o rechazas la auditoría, la autoridad podrá emitirte una multa al respecto e inclusive solicitar el acompañamiento de la fuerza pública con facultad para romper cerraduras, a fin de efectuar la visita domiciliaria. Además, una negativa a los visitadores o a presentar la información requerida puede propiciar que las autoridades fiscales tomen por ciertos los hechos conforme a la información que tienen en su sistema, lo que puede traerte sanciones económicas. 

Para ti, empresario, una visita domiciliaria implica el cumplimiento de ciertas obligaciones y, por consiguiente, la adquisición de derechos que te amparan. Entre los más importantes, está el derecho a ser tratado con respeto por la autoridad, siempre bajo el marco del debido proceso. Aprende a distinguir acciones indebidas y alza la voz cuando los visitadores: 

  1. Entren a tu domicilio fiscal sin una orden firmada o sin tu consentimiento. 
  2. Quieran retener o llevarse documentos o activos de tu empresa sin una constancia escrita de por medio. 
  3. Excedan el periodo permitido para la visita.  
  4. Levanten actas sin la presencia de testigos. 
  5. Rompan cerraduras o accedan a tu domicilio con fuerza pública sin una orden judicial que los respalde.  

Ahora que sabes qué es una visita domiciliaria, es tiempo de prepararte y prevenir. Evita sanciones, fortalece tus metas y anticípate al SAT junto a Consulty. Desde hace más de 20 años, más de 150 empresarios, inversionistas y organizaciones han blindado sus finanzas con nuestra asesoría y acompañamiento especializado. Contáctanos hoy y ordena tu información contable y operativa con la discreción, certeza y transparencia que tu negocio merece. Hazlo hoy, con Consulty. 

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